Constitución de cooperativas

Constituye tu cooperativa de servicios múltiples, pesquera o artesanal.

Resumen
S/ 2,800
tarifa plana, pago único

Con abogados del CAL Formaliza-t Perú

¿Qué incluye?

  • Asesoría legal y empresarial
  • Búsqueda y reserva de nombre en Registros Públicos
  • Redacción de estatutos y minuta, con firma de abogado
  • Escritura pública y gastos notariales
  • Lector biométrico de RENIEC
  • Tasas y derechos registrales de SUNARP e inscripción
  • Libro de actas y libro de padrón de asociados legalizados

Requisitos

  1. Fotocopia del DNI de los asociados.
  2. De 3 a 5 opciones de nombre.
  3. Fines de la cooperativa, detallados.
  4. Domicilio referencial.
  5. Miembros de los consejos de Administración y Vigilancia y de los comités de Educación y Electoral (mínimo 3 por órgano: presidente, tesorero y secretario).

Importante

  • La tarifa cubre hasta 12 asociados y 12 miembros del consejo directivo. Cada asociado o miembro adicional cuesta S/ 100.
  • Solo se usan los formatos propios de minuta y estatutos. Con formatos externos hay un cargo adicional de S/ 500 y las observaciones de SUNARP son responsabilidad del cliente.
  • No se constituyen cooperativas de ahorro y crédito.
  • El servicio aplica a cooperativas de servicios múltiples, pesqueras y artesanales. Las cooperativas agrarias requieren un mínimo de 25 socios.
  • El RUC y la clave SOL los tramita el contador del cliente, sin costo en SUNAT.

¿Cómo es el proceso?

Cuéntanos tu caso

Escríbenos o llámanos. La primera orientación es gratuita.

Te orientamos

Un abogado revisa tu caso y te explica requisitos, plazos y costo.

Gestionamos tu trámite

Nos encargamos del proceso y te mantenemos informado.

Preguntas frecuentes

¿Qué beneficios tiene una cooperativa?

Suelen ofrecer mejores tasas en préstamos y ahorros, los excedentes pueden repartirse entre los socios, permiten compras conjuntas de insumos y pueden acceder a beneficios tributarios.

¿Cuál es la ley de las cooperativas?

El Texto Único Ordenado de la Ley General de Cooperativas (Decreto Supremo N° 074-90-TR), además de la Ley N° 31335 sobre cooperativas agrarias y la Ley N° 30822 sobre la supervisión de las COOPAC.

¿Pueden constituir cooperativas con domicilio en provincias?

Sí, siempre que el presidente y los miembros del consejo firmen en Lima.

¿Qué aportes no dinerarios se aceptan?

Mercadería, equipos, muebles y enseres, cada uno con marca, modelo, serie, color, medidas y valor en soles.

¿Cómo se aporta el efectivo?

Se deposita en el banco y se presenta el voucher en la notaría.

¿Cuándo se paga?

Todos los trámites se pagan por adelantado.

¿Listo para ser formal?

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