Nuevo Régimen Único Simplificado – RUS

Es el primer régimen donde se encuentran las personas naturales de menor movimiento económico establecido dentro de los rangos establecidos por la Sunat.

¿Quiénes pueden acogerse a este régimen?

Pueden acogerse a este Régimen: Personas Naturales y Sucesiones Indivisas que contemplen lo siguiente:

Impedidos a acogerse a Nuevo RUS

No pueden acogerse al Nuevo RUS, aquellos que:

Tipo de Comprobantes a emitir:

  1. Boletas de Venta.
  2. Tickets
  3. Máquinas registradoras sin derecho al crédito fiscal.

Tributos a Pagar:

Categoría Ingresos Hasta S/. Compras Hasta S/. Cuota por Pagar
1 5,000 5,000 20
2 8,000 8,000 50
3 13,000 13,000 200
4 20,000 20,000 400
5 30,000 30,000 600

¿Quiénes se encuentran en la categoría especial del nuevo RUS?

La Categoría Especial del NUEVO RUS está dirigida a aquellos contribuyentes cuyos ingresos brutos y sus compras anuales no supere cada uno de S/ 60,000 y siempre que se trate de:

Personas que se dediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces, semillas y demás bienes especificados en el Apéndice I de la Ley del IGV e ISC, realizada en los mercados de abastos.

Personas dedicados exclusivamente al cultivo de productos agrícolas y que vendan sus productos en su estado natural.

La cuota mensual aplicable a los contribuyentes ubicados en la «Categoría Especial» es de S/. 0.00, es decir, que no paga.

¿Cuándo se debe cambiar de Régimen (salir del Nuevo RUS)?

El cambio del régimen puede ser voluntario u obligatorio:

Voluntario: Se puede dar en cualquier mes del año. El contribuyente se podrá incorporar al RER o al RÉGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA.

Obligatorio: Se produce si durante el año, el contribuyente incumple con algunos de los requisitos establecidos para el NUEVO RUS.
En este caso el contribuyente ingresará al RÉGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA.


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4 Responses

  1. BUENAS TARDES, DESEO CAMBIAR DE CATEGORIA EN EL REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO-NRUS, DE LA CATEGORIA 1 AL 2 8,00O NUEVOS SOLES SIENDO EL CODIGO DE TRIBUTO: 4132, QUE DEBO HACER SI QUIERO CAMBIARME VIA VIRTUAL

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  2. Por que para 2021 sigue considerandose las 5 categorias del nuevo RUS, que no es cierto que se redujo a solo 2 categorias??

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