Régimen Especial del Impuesto a la Renta – RER
El RER es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de:
a. Actividades de comercio y/o industria, como la venta de bienes que se adquieren, produzcan o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo.
b. Actividades de servicio, es decir, cualquier actividad no señalada anteriormente o que sólo se lleve a cabo con mano de obra.
Su tasa es de 1.5% de los ingresos netos mensuales.
¿Quiénes pueden acogerse al RER?
- Personas Naturales.
- Sociedades Conyugales.
- Sucesiones Indivisas.
- Personas Jurídicas.
Requisitos para acogerse al RER
- El monto de sus ingresos netos no debe superar los S/525,000.00 Soles en el transcurso de cada año.
- El valor de los activos fijos afectados a la actividad con excepción de los predios y vehículos, no debe superar los S/ 126,000.00 Soles
- Se deben desarrollar las actividades generadoras de rentas de tercera categoría con personal afectado a la actividad que no supere las 10 personas por turno de trabajo.
- El monto acumulado de sus adquisiciones afectadas a la actividad, no debe superar los S/525,000.00 Soles en el transcurso de cada año.
- No realizar ninguna de las actividades que están prohibidas en el RER.
Impedidos a acogerse a RER
No pueden acogerse aquellos que:
- Realicen actividades que sean calificadas como contratos de construcción según las normas del Impuesto General a las Ventas, aun cuando no se encuentren gravadas con referido impuesto.
- Presten servicios de transporte de carga de mercancías, cuya capacidad de carga sea mayor o igual a 2TM. (Dos toneladas métricas).
- Servicios de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.
- Organicen cualquier tipo de espectáculo público.
- Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores: agentes corredores de productor, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agente de aduanas y los intermediarios de seguros.
- Sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.
- Sean titulares de agencia de viajes, propaganda y/o publicidad.
- Desarrollen actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos.
- Realicen venta de inmuebles.
- Presten servicios de depósito aduaneros y terminales de almacenamiento, gestión.
- Actividades de médicos y odontólogo.
- Actividades veterinarias.
- Actividades jurídicas.
- Actividades de contabilidad, tenedurías de libros y auditorias, asesoramiento en materia de impuestos.
- Actividades de Arquitectura e Ingeniería y relacionadas con el Asesoramiento Técnico.
- Actividades Informáticas y Conexas.
- Actividades de Asesoramiento Empresarial y en materia de gestión.
Tributos Afectos al RER
I.G.V.: 18 % del valor de venta, con deducción del crédito fiscal.
Impuesto a la Renta: 1.5% de sus ingresos netos mensuales. El pago de esta cuota mensual es de carácter cancelatorio.
¿Cómo acogerse al RER?
Para incorporarse al este Régimen, hay que tener presente lo siguiente:
a.Tratándose de contribuyentes que inicien actividades en el transcurso del ejercicio:
El Acogimiento se realiza únicamente con ocasión de la declaración y pago de la cuota que corresponde al período de inicio de actividades declarado en el Registro Único de Contribuyentes, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de su vencimiento.
b. Tratándose de contribuyentes que provengan del Régimen General o del Nuevo Régimen Único Simplificado:
El acogimiento se realizará únicamente con ocasión de la declaración y pago de la cuota que corresponde al período en que se efectúa el cambio de régimen, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de su vencimiento.
Libros y Registros Contables
- Registro de Compras.
- Registro de Ventas.
Tipo de Comprobantes que pueden emitir
- Facturas
- Boletas de venta
- Tickets emitidos por máquinas registradoras que dan derecho al crédito fiscal.
- Factura Electrónica a través de SUNAT Virtual.
Declaración y pago de impuestos en el RER
Presentando la declaración mediante:
- El formulario virtual No. 621 Simplificado IGV – Renta Mensual PDT 621.
- Mediante el PDT 621 a través de Internet o en las agencias bancarias autorizadas, utilizando para dicho efecto la CLAVE SOL (clave de acceso a Sunat Operaciones en Línea) y considerando su vencimiento según el Cronograma de Obligaciones Tributararias aprobado por la Sunat.




13 Comments
Te respondimos a tu email.
quiero formalizar una empresa de sublimación de polos y artículos variados que me conviene mas rer o mype?
Estimada Maria, el Regimen Mype Tributario es lo que te conviene. Te enviaremos un email a tu correo con la información de la creación de la empresa.
Estimado cliente, el costo total por formalizar su empresa es de S/475.00 soles (incluye reserva de nombre en Sunarp, un gerente y un capital máximo de S/10,000.00 (Diez Mil Soles), (S.A.C – S.R.L. – E.I.R.L.), ese monto cubre la totalidad del trámite. Si desea poner más capital, por favor pídanos una cotización.
El trámite se puede iniciar enviando los requisitos y el Boucher del pago vía email, WhatsApp por Facebook o visitando nuestras oficinas, es lo que usted prefiera.
REQUISITOS:
1.- Copia de D.N.I. de socios y conyugues obligatoriamente. (NO DEBE TENER DEUDAS EN ONPE). Si fueran casados por régimen de Separación de Patrimonios, adjuntar copia literal del respectivo registro (actualizado a 30 días).
2.- 3 Opciones de Nombre, para la Razón Social de la Empresa.
3.- Indicar el objeto Social de la Empresa. (pueden ser varios giros de negocio).
4.- Capital en EFECTIVO se deberá presentar BOUCHER BANCARIO SI EL CAPITAL SUPERA LOS S/10,000.00 MIL SOLES de dicho capital aportado (Ley 30730).
5.- Capital en BIENES, (hacer una lista simple de los bienes aportados, con la MARCA, MODELO, SERIE, COLOR, MEDIDAS y asignarle un valor referencial en Soles).
estoyen el nuevo rus
podria emitir guias de remision
quisiera saber sime podria ayudar
Para temas contables por favor llamar a la contadora CARMEN ROJAS: 989 459 360
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Buenas tardes, recientemente me recomendaron este régimen RER para mi actividad que estoy a punto de formalizar, la cual es importación y comercialización de accesorios para varones, quisiera me confirmen que realmente este es el mejor régimen para mi actividad comercial por favor. Gracias!
Mi empresa está en RER desde el 01/11/2019, puedo poner a mis trabajadores en planilla y que tipo de planilla…
URGENTE GRACIAS.
buenas tardes quiero habrir mi empresa de servicios generales como, fumigacion y desinfeccion, importacion y exportacion ,implementar una tienda , y servicios de carpinteria,pintura, gasfiteria etc. necesito generar facturas,boletas ..que me sugiere
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Somos una asociación sin fines de lucro que se dedica al reciclaje en las calles, de forma individual trabajamos recolectando y no tenemos ningún tipo de pago y nuestro sustento es por la venta de lo que reciclamos a diario ¿estamos sujetos a pagar impuestos a que régimen nos combine inscribirnos?
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