Donaciones

Transfiere gratuitamente la propiedad de un bien por escritura pública.

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Requisitos

  1. Copia del documento de identidad de cada contratante.
  2. Copia literal (actualizada) de la partida registral del inmueble materia de la transferencia (se obtiene en los Registros Públicos)
  3. En caso se actúe a través de apoderados deberá adjuntarse un certificado de vigencia de poderes (se obtiene en los Registros Públicos).
  4. En caso se actúe en representación de una Persona Jurídica deberá adjuntarse un certificado de vigencia de poderes. (se obtiene en los Registros Públicos)
  5. Declaración jurada de autoevalúo del inmueble, incluyendo los formularios HR y PU (pueden ser obtenidos en la Municipalidad del distrito en que se encuentra ubicado el inmueble)
  6. Pago de impuesto a alcabala (cuando corresponda).

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Más información

Por la donación el donante se obliga a transferir gratuitamente al donatario la propiedad de un bien. Las donaciones de deben hacerse por escritura pública con indicación individual del inmueble/s donado/s, su valor real y el de las cargas que ha de satisfacer el donatario, bajo sanción de nulidad.

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